La semana pasada el Congreso de Guanajuato aprobó las reformas a la Constitución Política para el Estado en materia electoral para armonizarla con la federal.

Con ello se incorporó el principio de la no reelección, nepotismo electoral, revocación de mandato, integración de ayuntamientos, disciplina presupuestaria, entre otras figuras.

Se pretende armonizar la reforma local que también incluye aspectos como las remuneraciones de autoridades electorales, representación proporcional y potenciar la paridad de género, igualdad sustantiva y perspectiva de género.

Entre otras cosas se plantea eliminar la reelección consecutiva inmediata de diputaciones locales, que las diputaciones propietarias no podrán pasar al periodo inmediato como suplentes; cuanto al nepotismo electoral, la restricción aplica a quienes tengan o hayan tenido, en los tres años previos a la elección, vínculo de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco con la persona titular del cargo correspondiente.

Como se había anticipado, en materia presupuestal, el gasto anual del Congreso del Estado no podrá exceder del 0.7% del Presupuesto de Egresos del Estado.

Por otro lado, la propuesta plantea que, en remuneraciones electorales, las personas consejeras electorales, magistradas electorales, titulares de secretarías de órganos administrativos y demás funcionariado electoral deberán sujetarse al límite del artículo 127 de la Constitución federal.

En ayuntamientos, se establece una integración con Presidencia Municipal, una sindicatura y el número de regidurías que determine la ley, sin exceder de quince.

En municipios como San Francisco del Rincón de manera casi inmediata se aprobaron por el Ayuntamiento el resumen de los artículos de las reformas antes mencionadas, pero sin mayor pronunciamiento u opinión de las nuevas reformas que estarán vigentes hasta el proceso electoral del 2030 en su mayoría, como si se tratase de cualquier trámite administrativo.

Llama la atención que siendo reglas que impactan la conformación del ayuntamiento, en el caso de San Francisco no merezca alguna reflexión u opinión salvo la de su servidora para dar a conocer el contenido de lo aprobado a la ciudadanía que ve las sesiones en la transmisión en vivo, lo que lleva a pensar que algunos ni siquiera se molestaron en leerla y conocer el marco legal que es indispensable para desarrollarse profesionalmente en el ámbito edilicio.

Por cierto en este Ayuntamiento de San Francisco en la última y referida sesión (15/mayo) se discutió largamente una solicitud en la que un regidor pretendía emitir una orden al organismo operador del agua para la realización de un estudio de capacidad y funcionamiento de un pozo cuya administración depende de un comité de agua y no del organismo operador, excediendo su ámbito de competencia.

En el SAPAF, al formar parte de la administración descentralizada, se rigen con un reglamento propio y un consejo directivo que aprueba lo relacionado con su presupuesto y un área técnica con información sobre el estatus de los pozos.

Esto, aunque parezca increíble, algunos compañeros del Ayuntamiento lo desconocen y en lugar de mandar una solicitud de información u opinión del estatus del pozo de manera insistente solicitaban ordenar de manera inmediata hacer el estudios porque el organismo operador tiene el recurso para hacerlo.

si bien el agua siempre es necesaria, las soluciones tienen que ser con base en la información técnica e idónea y no el decir de una sola persona que afirma tener el conocimiento técnico sin presentar documentos con validación de un profesional relativos al funcionamiento del pozo de una de las comunidades.

Lo anterior refleja que tanto se actúa en la función pública como regidores desde un punto de vista subjetivo ya que si no conocemos ni respetamos nuestra propia normativa y ámbitos de competencia, estaremos lejos de llevar soluciones reales a los ciudadanos que representamos, ¿ustedes que opinan?

Excelente día.