El Congreso del Estado aprobó una propuesta del Grupo Parlamentario del PRI a efecto de armonizar la Ley Orgánica Municipal con la Ley de Justicia Cívica, que establece que, para determinar la sanción de arresto, el médico adscrito al Juzgado Cívico propondrá al titular de este, las medidas que permitan la salvaguarda de la integridad física de los detenidos, y en su caso, el área donde se cumpla la sanción.
Al hablar a favor del dictamen, la diputada Ma. Guadalupe Guerrero Moreno, citó que la sesión ordinaria del 29 de abril, la bancada priista, presentó una iniciativa en la que se proponía instituir como obligación de los Ayuntamientos contar con un médico en las áreas coloquialmente conocidas como barandilla, a fin de tener plena certeza del estado de salud con el que ingresan las personas a los espacios de retención.
La legisladora enfatizó que la revisión médica de todas las personas retenidas es indispensable, ya que se brinda certeza jurídica a las autoridades respecto del estado físico en que fueron aseguradas.
Resulta relevante, agregó la diputada Ma. Guadalupe Guerrero Moreno, que las autoridades responsables de velar por la seguridad e integridad de las personas detenidas determinen cuál es el área idónea para que cumplan con su sanción o detención, pues, si no se considera esta condición en la persona a arrestar, puede llevar consigo consecuencias de alto o grave impacto a la salud, ya que resultaría alto el riesgo de que si no se detecta o considera el estado en que ingresó puede provocar incluso el suicidio o lesiones a la integridad física de la persona arrestada.
Los anteriores aspectos deben ser tomados en cuenta por un especialista médico para determinar cuál es el área idónea donde un sancionado debe cumplir su arresto, esto, en debida observancia a la protección de su vida y de sus derechos humanos.
La legisladora priista resaltó que durante el proceso de análisis y dictaminación de la iniciativa, el Grupo Parlamentario del PRI advirtió sobre la nueva Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato, que tiene por objeto establecer las bases, la organización y el funcionamiento de la justicia cívica en los municipios del estado, y en la cual, se estableció que los juzgados cívicos deben tener en su estructura un médico.
En aras de que exista una armonización legislativa, se propuso adicionar a la Ley Orgánica Municipal un artículo 262 bis: “para determinar la sanción de arresto, el médico adscrito al juzgado cívico propondrá al titular de este las medidas que permitan la salvaguarda de la integridad física de los detenidos, y en su caso el área correspondiente donde se cumplirá la sanción, en los términos previstos por la Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato”.
La diputada puntualizó que con lo anterior se abonará a la progresividad de los derechos humanos, que implica el gradual progreso para lograr su pleno cumplimiento, es decir, que para el cumplimiento de ciertos derechos se requiere la toma de medidas a corto, mediano y largo plazo, pero procediendo lo más expedita y eficazmente posible.