Como muchos, seguramente estarás deseoso de darle una merecida patada en el trasero a lo que queda de este año, y despedirte de él de una vez y para siempre (aunque todos sabemos que invariablemente siempre habrá vestigios de él en el futuro). Pero antes de sepultar al 2016 hay un par de asuntos que no debes dejar pasar por alto…
¡El aguinaldo, mi rey, el aguinaldo!
Si percibes o has percibido un sueldo trabajando formalmente en alguna empresa, sabrás de la promesa y del brillo esperanzador que supone ese dinerillo extra a final de cada año (y si eres el jefe de tu propia empresa, deberás tenerlo en especial consideración). Para que el tema no te agarre desprevenido, te dejamos los diez puntos más importantes que deberás saber sobre esta prestación:
- Tienen derecho a esta prestación todos los trabajadores.
- Es un derecho irrenunciable que debe ser pagado en dinero y que por ninguna razón puede canjearse por mercancía en precio o bonificaciones de otro tipo.
- Debe ser pagado antes del día 20 de diciembre.
- La ley dicta que debe ser equivalente a cuando menos 15 días de salario del empleado.
- Si el empleado no ha cumplido el año de servicio debe recibir la parte proporcional por el tiempo trabajado.
- Ninguna empresa puede alegar poca solvencia o dificultades económicas para reducir o no pagar esta prestación.
- Éste también aplica para los comisionistas.
- Los empleados en régimen de honorarios que estén subordinados a una jornada de 8 horas, también tienen ese derecho.
- Si el salario del empleado es variable debe de calcularse basado en el ingreso promedio diario de los últimos 30 días trabajados.
- Las multas por no pagar esta prestación pueden ir desde 250 hasta 5 mil salarios mínimos.
Wasauski, no ordenaste tu papeleo anoche
La burocracia y los papeleos definitivamente forman parte de esas labores engorrosas y para nada deseables para la mayoría de los pobres y pequeños mortales que tenemos que, eventualmente, hacerles frente. Pero como vacuna estacional, éstos son un mal necesario que hacen que al final del día, la empresa salga a flote, por lo que te dejamos un check list de las cosas que deberán ser revisadas antes del cierre de año, para no iniciar el 2017 arrastrando pendientes y problemas viejos:
- Nadie sabe lo que tiene hasta que limpia sus cosas: En materia de trabajo esto significa que se deberás hacer un inventario físico de las existencias de los productos o activos de la empresa y su comparación con el inventario en sistema para no estar suponiendo en enero que se tienen cosas que a la hora de la verdad ni estaban registradas. Por otro lado, es una perfecta oportunidad de ponerle orden al changarro, tirando lo que no sirva, vendiendo lo que ya no se utilice y reutilizando lo que no se sabía que se tenía.
- Cuentas claras, amistades largas: Nada de 2 + 2= 3…Antes de cerrar el año se deberán revisar todas esas cuentas y facturas pendientes. Recuerda, en asuntos de negocios es muy importante tener siempre una revisión de la contabilidad y tener en consideración las debidas declaraciones fiscales.
- Con qué sí se cumplió: Para saber en qué se deberá mejorar en el 2017, se deberá hacer un balance de todo lo que se ganó o perdió durante el año; así, si tu problema fue el de una mala administración o logística, sabrás exactamente en qué puedes mejorar y qué no deberás hacer en el siguiente año.