Con la finalidad de garantizar el respeto a la identidad, expresión de género y dignidad póstuma de las personas de la diversidad sexual y de género, especialmente de las personas trans, la diputada María Eugenia García Oliveros, del Partido MORENA, presentó una iniciativa en el congreso del estado de Guanajuato.
La iniciativa buscar reformar al Código Civil estatal, a la Ley de Víctimas, a la Ley Orgánica de la Fiscalía General y a la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género.
Al dar lectura a la exposición de motivos de la propuesta, la congresista manifestó que se propone establecer la obligación de la Fiscalía General del Estado para aplicar el Protocolo Nacional de Actuación para el Personal de las Instancias de Procuración de Justicia del país en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género.
De igual manera, que en las actividades ministeriales de investigación de hechos y persecución de quienes los perpetran, el personal de la Fiscalía actúe conforme las reglas establecidas en el Protocolo Nacional de Actuación LGBTTTI+ para eliminar cualquier acto de discriminación y poner en práctica acciones afirmativas en atención a las personas que se autoidentifican con alguna identidad distinta a la heteronormativa.
García Oliveros indicó que se busca impulsar que el actuar de la Fiscalía se sustente en el respeto y garantía de los derechos humanos con una perspectiva de género e inclusión, con la finalidad de que las personas de la diversidad sexual y de género sean atendidas de acuerdo con sus necesidades concretas.
También se pretende crear información estadística sobre los delitos cometidos contra este sector de la población e informarlo como parte de las actividades sobre las que rinde cuentas.
De igual manera, precisar en la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios la obligación de evitar cometer actos de revictimización durante el proceso de investigación, así como prejuicios y estereotipos de género asociados a la orientación sexual o identidad de género de las personas.
La legisladora manifestó que resulta esencial cuidar la dignidad póstuma de las personas de la diversidad sexual y de género, y más aún cuando se trata de personas trans, ya que lamentablemente, en muchos casos, tras el fallecimiento de las personas trans, son registradas, nombradas y presentadas por su nombre legal de nacimiento, desconociendo su identidad y expresión de género, lo que, dijo, no sólo vulnera su memoria, sino que perpetúa el estigma y la violencia estructural que padecieron en vida.
En cuanto al Código Civil se quiere establecer que no sólo la familia consanguínea puede tramitar el acta de defunción, sino que en casos de las personas trans, estas pueden ser tramitadas por la familia social.
En la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios precisar que en el caso de la entrega de restos humanos de las personas trans, la restitución pueda hacerse también a su familia social teniendo como principio rector el respeto a la identidad y expresión de género.
Además, precisar en la Ley de Víctimas que la familia social son las personas que pertenecen al círculo más cercano de la víctima, es decir, amistades, personas compañeras de trabajo, vivienda o cualquier otra que tenga una relación estrecha y reconocida con la víctima, independientemente de la existencia de lazos consanguíneos, legales o de parentesco formal.
Mientras que en la Ley para las Personas de la Diversidad Sexual y de Género del Estado de Guanajuato y sus Municipios, se busca establecer la dignidad póstuma, entre otras cosas.
La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen.