La Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato, señala en su artículo 193. los servicios que están a cargo del Ayuntamiento, en la fracción XVIII: Transporte público urbano y suburbano en ruta fija; por su parte el Artículo 213, otorga a los ayuntamientos la responsabilidad de prestar los servicios públicos a través de las dependencias o mediante una concesión pueden ser particulares quien otorguen el servicio.

En el caso que se apruebe una concesión, el municipio no queda desligado de responsabilidad y deberá dar cuenta igualmente de la calidad y oportunidad del servicio, así lo establece el Artículo 222, al fijar que es “Es competencia de los Ayuntamientos respecto de las concesiones de servicios públicos: I.-Vigilar el cumplimiento de las obligaciones del concesionario.

Entonces pues, al estar en nuestra ciudad concesionado el servicio de transporte público o las rutas, como se conoce, es el municipio quien tiene que garantizar que se preste de manera adecuada, cuidando que los concesionarios cuenten con una tarifa adecuada que les permita el retorno de capital para mantener y renovar la flotilla de vehículos y, como se señala, que se cumpla con los derroteros, horarios, frecuencia y el respeto a las tarifas autorizadas.

Y efectivamente, usted y la mayoría de la población puede confirmar que el ayuntamiento ha fracasado en el tema, no se presta un servicio adecuado a la población y eso no solo es responsabilidad del concesionario, como ha quedado claro, también es de la autoridad municipal, dando con el transcurso de los años con una realidad, el transporte público en San Francisco del Rincón es obsoleto.

Entonces, ante estas circunstancias y la necesidad apremiante de la población por cumplir con sus actividades, las motocicletas han sido la alternativa más viable; ya lo referíamos, que había una proporción muy alta de estos vehículos en el municipio, comparativamente con otros del estado, Guanajuato ocupa el cuarto lugar nacional en cantidad total de motos con una cifra de 661 mil 196 unidades, siendo 24 mil 363 las contabilizadas en San Francisco del Rincón.

Además de lo deficiente del servicio de ruta, hay otra razón por la cual la población está optando por las motos; el comparativo del costo del trasporte público en otras ciudades, que es de $14 pesos; esto significa que si una persona paga dos pasajes diarios, en seis días suma $168 pesos; y en 12 semanas estaría gastando lo que equivale al enganche de una moto.

El uso de motocicletas y patines eléctricos implica un riesgo, quizás por eso autoridades de trasporte del vecino Purísima, buscan reglamentar el uso de scooter eléctricos y similares ante el alto número de accidentes registrados. Nos queda claro que en muchas ocasiones se ponen en riesgo a transeúntes, ciclistas, automovilistas y a mismos motociclistas.

Es necesario evaluar el tema de trasporte urbano, ya que,como ha quedado claro, es el municipio quien debe de verificar el cumplimiento de las obligaciones del concesionario, para que haya limpieza en las unidades, eficiencia en el servicio, cobertura oportuna de las rutas/recorridos, un cobro justo;  para que se convierta en un medio de trasporte elegible frente a otros, por ser seguro y eficiente.

Así que amable lector y lectora, ¿que prefiere? usar motocicleta con los riesgos y ventajas que esto implica o usar el trasporte público de ruta fija en las condiciones que se presta el servicio en la actualidad. El tema es más serio que de lo que se plantea como una simple alternativa, e implica ejercer la autoridad que nos fue conferida.

Excelente día, saludos.