En sesión de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Guanajuato, se discutieron tres iniciativas de reforma al Código Penal estatal que buscan despenalizar el aborto y garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes.
Esta discusión, llevada a cabo el pasado 14 de mayo, tuvo un resultado negativo, por lo cual no fue subida al pleno de congreso.
Puntos discutidos
Los argumentos presentados por las y los diputados fueron los siguientes:
La diputada María Eugenia García Oliveros (MORENA) precisó que para su grupo parlamentario se trataba de un asunto de derechos, salud pública y de justicia social, así como una cuestión superada, porque el máximo tribunal del país se pronunció señalando que es inconstitucional criminalizar el aborto de forma absoluta.
Añadió que, el Código Penal debe ajustarse, porque de mantenerlo se continúa el estigma, la persecución a las mujeres que decidan ejercer sus derechos y refuerza roles que repercuten la violencia contra la mujer. Remarcó que el tipo penal que criminaliza la interrupción del embarazo en Guanajuato es inconstitucional y no puede aplicarse, por lo que debe eliminarse.
«Lo que se proponía era contemplar definir el aborto y su tipificación, únicamente en el supuesto de que se realice después de las 12 semanas; mantener vigente el tipo penal de aborto forzado, así como su clasificación como delito grave; y ampliar las excluyentes de responsabilidad en algunos casos puntuales».
Por su parte, la congresista Susana Bermúdez Cano (PAN) solicitó la elaboración del dictamen en sentido negativo al comentar que, el bien jurídico protegido al tipificar el delito del aborto, es la vida y que la despenalización total del aborto, que pretende una de las iniciativas, genera un agravio irreparable, en contra del bien jurídico fundamental de la vida.
Además, de que se trasgredía el artículo 1° de la Constitución Política del estado, que contempla el derecho a la vida de la persona desde el momento de la concepción hasta su muerte, y con base a esta cláusula constitucional todo ordenamiento secundario deberá ajustarse a ella.
«Pretender la derogación total del delito del aborto es garantizar su ejecución en cualquier momento de la gestación, lo que constituye una amenaza al bienestar de las mujeres, ya que el aborto sin límite gestacional pone en mayor riesgo y vulnerabilidad la salud de éstas».
Sobre el tema de la criminalización, aseveró que en la entidad no hay mujeres condenadas por el delito de aborto, dato relevante, dijo, porque en las propuestas en discusión se pretende eliminar la supuesta criminalización de las mujeres por el delito de aborto, hecho que resulta incierto y carente de sustento.
La congresista Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI) comentó que todos están a favor de la vida, pero también de la libertad reproductiva de la mujer.
Indicó que no consideraba que cualquier mujer que decida interrumpir su embarazo lo haga simplemente por gusto, sino que cualquiera que haya pasado por ese procedimiento sabe lo incómodo, doloroso y difícil que era, pero que la cuestión era si tomar esa decisión merecía que una mujer vaya a prisión, que ella no lo creía ni que debiera hacérsele un juicio por tomar una decisión.
«Vivimos en un país en el que las mujeres viven mucha violencia sexual, en donde se dice que es irresponsable sino se cuida y si lo hace y la sociedad lo sabe se le tacha de una mujer fácil».
Finalmente, reflexionó sobre los calificativos que recibe una mujer cuando se embaraza como “tonta”, si decide terminar su embarazo “criminal”, por lo que dijo que la mejor forma de prevenir el embarazo es empoderándolas para que decidan con amor, con empatía, con acompañamiento, con información y con educación, y no con prejuicios y criminalizaciones.
En su oportunidad, la diputada Karol Jared González Márquez (PAN) se refirió al análisis técnico jurídico realizado por la Fiscalía General del Estado. En ese sentido, se refirió a las diferencias entre excluyentes del delito y excusas absolutorias.
«Las iniciativas en estudio proponen incorporar supuestos de no punibilidad del delito de aborto (excusas absolutorias), es decir, circunstancias que, de actualizarse, aun cuando exista el delito, no se sancionaría penalmente al autor de este. […] (es) oportuno revisar y ponderar el alcance de la reforma planteada para evitar incertidumbre y no generar mayor confusión respecto de la sistemática del Código Penal que pudiera darse respecto de la extinción de la responsabilidad penal y las causas de exclusión del delito».
El diputado Rolando Fortino Alcántar Rojas (PAN) señaló que no se puede calificar a nadie que manifieste sus opiniones como de odio, que están obligados a respetar las opiniones y el derecho de hacerlo de absolutamente todos. Asimismo, externó que ambas iniciativas deben ir en sentido negativo porque están en el capítulo que protegen la vida no la libertad, y que era claro que hay una mayor obligación del Estado a defender la vida, que la libertad.
Alcántar Rojas subrayó que, la Constitución protege la vida humana, ya que se encuentra dentro del catálogo del denominado núcleo duro de los derechos, así bajo el principio de dignidad humana que implica que toda persona, sin importar su etapa de desarrollo merece respeto y protección, se tutela la vida del concebido aun no nacido.
«No existe el derecho al aborto en la Constitución Política Federal como se afirmaba, lo que se consagra en la norma fundamental es el derecho a la vida; que la legislación constitucional y legal en el estado de Guanajuato reconoce y garantiza los derechos del no nacido o concebido».
La legisladora María Eugenia García Oliveros aclaró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha declarado inconstitucionales las normas que protegen el derecho a la vida desde la concepción en las constituciones estatales de Nuevo León, Veracruz y Aguascalientes, y que la Corte reiteró que esas regulaciones buscan restringir otros derechos fundamentales especialmente el de mujeres y personas gestantes como el derecho de la autonomía reproductiva.
El diputado Antonio Chaurand Sorzano (MORENA) indicó que se han escuchado argumentos favorables en las dos posturas, que ojalá no hubiera abortos, por eso había que educar sexualmente a las niñas y niños en el país.
«El Estado debe de ofrecer a la mujer gestante información, orientación y un apoyo total para un embarazo correcto. Nadie está promoviendo que haya abortos, sin embargo, esta postura en favor de la vida no impide que estemos en contra de la criminalización de la mujer que toma esa decisión, el despenalizar el aborto no revierte la situación hace simplemente que la mujer que tomó esa decisión tenga la garantía de que podrá llevar a cabo su procedimiento de una forma segura y legal, sin pegarle una etiqueta de criminal».
En su oportunidad, la legisladora Susana Bermúdez reconoció que existe una problemática y que entre los factores comunes se encuentra el alto nivel de necesidad insatisfecha de métodos anticonceptivos, la falta de acceso a una educación sexual integral y la alta incidencia de la violencia, incluso sexual.
El diputado David Martínez Mendizábal (MORENA) comentó que la propuesta suscrita por su partido fue bien pensada, no solo desde la óptica legal, sino social, de salud, educativa y filosófica.
Las argumentaciones que se han escuchado por parte del partido mayoritario ya fueron discutidas por la Suprema Corte de Justicia y determinó que son inobjetables e inatacables, por lo que lo que procede es convertirlas en ley en la entidad, para finalizar que el último juez humano es la conciencia, y si una mujer en conciencia decide abortar no se le puede meter a la cárcel.
Por su parte, la diputada Martha Edith Moreno Valencia (MORENA) se sumó a lo externado por su antecesor.
«Ya hay una resolución clara sobre el tema y no se ha podido acatar esa resolución, que estaba en contra de la criminalización de la mujer, porque la realidad era innegable, ya que el aborto sucedía en la entidad y la situación de la entidad es una de las desigualdades más grandes que existe para las mujeres; y que si el dictamen no era favorable en este momento, la entidad se vería obligada después».
La congresista Karol Jared González Márquez remarcó que nunca estarán a favor de criminalizar a la mujer, que era falso e injusto, agregó que despenalizar implica borrar herramientas legales que hoy permiten perseguir el aborto forzado, la presión, la negligencia médica o incluso prácticas peligrosas sin supervisión, es decir, se eliminaría el marco legal que hoy sanciona a quien lastima. Enfatizó que el camino es reforzar la salud pública, el acompañamiento y la educación, que el aborto no sea una salida.
Argumentó que el Código Penal debe seguir reflejando que la vida importa y que la dignidad de la mujer también se protege cuando el Estado actúa cuando se abusa de su vulnerabilidad. Refirió que no despenalizar no significa negar derechos sino equilibrar valores, y que no podían votar como grupo parlamentario del PAN en despenalizar el aborto y no porque no les duelan sus historias o no puedan ser perceptibles al dolor o al miedo del abandono que muchas mujeres han sufrido, pero que justamente por esas historias debían tener una ley que proteja, que ponga límites, que castigue a quienes obligan, presionan o abusan a una mujer que está en situación de vulnerabilidad.
Finalmente, dijo que estaba a favor de la vida sí, pero también de la mujer, de su dignidad, de su historia, y que tenía la firme convicción de que defender la vida y la mujer no deben estar nunca en conflicto.
La diputada Sandra Alicia Pedroza Orozco (MC) indicó que la mayoría en el Congreso niega y contradice todos los precedentes y resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia y están haciendo todo lo que en otros niveles reclaman, menoscabando a las instituciones.
«El aborto es un asunto de justicia y salud, y que en la entidad el aborto es el único servicio de salud que es tratado como un delito, aunque no haya mujeres presas, y que mientras el aborto siga en Código Penal, las mujeres podrán seguir siendo criminalizadas. No se propone descriminalizar el aborto forzado, sino clarificarlo en la ley, para incrementar su protección y garantizar sus derechos, y que si bien es cierto que hasta el momento no hay una resolución que mandate al Estado de Guanajuato a reformar ciertos artículos de cualquier legislación, la tendencia es que en los estados donde se han interpuesto amparos se está haciendo, y lo que sí señaló la Corte es que los Congresos locales no tienen facultades para determinar cuándo inicia o no la vida, y todos las constituciones que contenga ese supuesto es inconstitucional, y ésta no puede ser pretexto para negar derechos.
En su última intervención, la legisladora Karol Jared González Márquez puntualizó que la Corte no obligaba a despenalizar el aborto; que ésta no obligaba al Congreso a votar de alguna u otra manera, ya que la Corte no puede legislar; no hay declaratoria general de inconstitucional; y que la jurisprudencia no impone reformas legislativas, pero que despenalizar implicaría ceder indebidamente la soberanía legislativa. Concluyó al decir que, no existe obligación constitucional, que la autonomía del Congreso es sí y siempre, y la narrativa que tanto se dice que la Corte ordena es jurídicamente incorrecta.